Según advierte la frase inserta en la parte inferior del rótulo, el "cambio de denominación" se ha efectuado en aplicación de la Ley 52/2007 de la Memoria Histórica. Esta Ley, en su artículo 15, dispone:
Artículo 15. Símbolos y monumentos públicos. 1. Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas.
Cada cual deberá sacar sus propias conclusiones. Creo que fué Einstein quien dijo algo así como "Solo existen dos cosas infinitas: una es el Universo; la otra, la estupidez humana; y de la primera no estoy completamente seguro".
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